El servicio de remolque portuario es aquel cuyo objeto es la operación náutica de ayuda a los movimientos de un buque, siguiendo las instrucciones del capitán del buque, denominado remolcado, mediante el auxilio de otro u otros buques, denominados remolcadores, que proporcionan su fuerza motriz o, en su caso, el acompañamiento, o su puesta a disposición dentro de los límites de las aguas incluidas en la zona de servicio del puerto. Durante el servicio, corresponde al capitán del buque remolcado el mando y la dirección de cualquier maniobra.
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